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Propiedad privada en un limbo ¿Qué dice el borrador de la Convención?

La clase trabajadora teme que, de aprobar el texto de la Convención, los derechos a la propiedad queden en un limbo afectando los empleos y las futuras inversiones

La Comisión de Armonización de la Convención ya culminó su trabajo de tratar de corregir algunos contenidos de forma que fueron aprobados por los constituyentes; sin embargo, el texto ya finalizado mantiene algunos vacíos que ponen en tela de juicio el futuro del país y de la propiedad.

Si bien la mayoría de la población está de acuerdo con cambiar la Constitución, la redacción del nuevo texto se ha enfrentado desde el inicio una serie de polémicas que han debilitado la credibilidad en la Convención, y la confianza sobre si la nueva Carta Magna cumplirá con lo que verdaderamente quieren y necesitan los chilenos.

Víctor Manuel Avilés, experto en el área tributaria y socio del estudio jurídico Larraín & Asociados, dijo al Diario Financiero que uno de los principales problemas del borrador es la manera en que la propuesta de la Convención Constitucional consagra la garantía del derecho de propiedad.

El texto de la Convención establece el artículo 20 del punto 256: “Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general declarado por el legislador. El propietario siempre tendrá derecho a que se le indemnice por el justo precio del bien expropiado”.

Este artículo ha generado en la población más dudas que respuestas, y en general ha causado preocupación entre la clase trabajadora que siente que en cualquier momento su vivienda, su tierra o su negocio podría ser expropiado bajo el alegato de “ser de utilidad pública”.

Lo mismo sucede con los trabajadores que dependen de un empleador privado que podrían perder sus empleos o su empresa respectivamente solo por decisión de gobernantes de turno.

Pero el miedo de perder una propiedad no es el único riesgo que está establecido en el texto, pues cuando se habla de indemnizar por el “justo precio” no se detalla cómo, quién y en base a qué sería calculado el monto de pago.

La Convención rechazó la idea de que la expropiación de bienes por parte del Estado requiere la compensación del daño patrimonial causado, es decir, el valor de mercado del bien que permitiría su reemplazo.

La redacción aprobada del «justo precio» es una apreciación subjetiva que se puede prestar a interpretaciones variadas para evitar la compensación real del daño.

El “justo precio” entonces, corresponde a un concepto indefinido que posteriormente deberá ser determinado por ley, es decir, por la cámara de diputados.

Según Avilés ésta justamente es una de las cosas que le generan dudas porque el borrador no exige que el pago sea en dinero efectivo, lo que ‘se puede traducir en que puede haber actos de expropiación que se pagan con bienes, por ejemplo, o con Bonos del Estado.

Julio Alvear, Director de Investigación y Profesor Colaborador del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa de la Facultad de Derecho UDD, dijo en un análisis jurídico sobre el tema publicado en El Mercurio Legal que “es triste que en Chile se conduzcan los esfuerzos constitucionales para debilitar la propiedad y no para difundirla”.

“La propiedad quedó debilitada”

La constituyente Rocío Cantuarias ha señalado que la protección a la propiedad quedó debilitada en esta propuesta de Constitución.

“Se dejó a la autoridad política la determinación del ‘justo precio’ para expropiar. No hay precio de mercado asegurado ni forma de pago. La expropiación es el mecanismo de protección de la propiedad, pero como vemos, la propiedad quedó debilitada”.

Las constituciones modernas, que respetan al individuo como ser capaz de elaborar su propio proyecto de vida y consiguen que el Estado se abstenga de intervenir en él, resguardan la inviolabilidad de la propiedad privada. Este borrador no lo hace, porque todos saben que era la mejor manera de tutelar un derecho tan apetecido de conculcar por colectivos totalitaristas, recelosos del éxito de las personas y de su esfuerzo particular”, sentenció.

Al existir vacíos que no fundar con claridad el futuro de la propiedad privada, la falta de protección inhibirá las inversiones debido a qué podría ser un riesgo hacer negocios en el país.

Opciones de cambio de ganar el rechazo

Ante las dudas y vacíos que genera el texto aprobado por la Convención un grupo de académicos propone redactar una nueva y mejor Constitución en caso de que ganó el rechazo el 4-S.

La reciente encuesta Cadem revela que la mayoría (45%) de los chilenos está a favor del rechazo debido a que el borrador constitucional no les convence, mientras que solo el 36% está a favor del apruebo.

En una carta pública titulada “Manifiesto Constitucional. Una Constitución Alternativa para Chile”, los académicos de diversas tendencias políticas se unieron para ofrecer un nuevo camino que garantizaron el cambio que quiere la mayoría del país pero que aún no se ve representado por el texto de la Convención.

La propuesta de los 16 catedráticos se suma a la tercera vía presentada en el Congreso, donde de ganar el rechazo, la Constitución actual podría ser reformada para ajustarse a lo que desea la mayoría del pueblo chileno.

Para quienes defienden que debe haber un cambio de Constitución pero están indecisos frente al texto de la Convención, quizás ahora haya una “luz al final del túnel” gracias a estas propuestas que legitiman el Rechazo como otra forma de generar el cambio.